Accesos a cursos y cuerpos de agua de la zona

Los lagos de la zona colindantes con el Campo de Hielo Patagónico Norte, como lagos Leones, Cachorro, Fierro, etc. 

y sus playas están ubicados en el Parque Nacional Laguna san Rafael.


Oficio 104, Delegación Presidencial Regional de Aysén, Coyhaique, 4 de marzo de 2026:

💧Lago Leones: “Dicho cuerpo lacustre y sus playas se encuentran al interior del Parque Nacional Laguna San Rafael, área protegida del Estado cuya administración recae en la Corporación Nacional Forestal (CONAF), definiéndose sus usos en su respectivo Plan de Manejo. …Al respecto, la Corporación Nacional Forestal informó a esta autoridad regional que el sector del Lago y Glaciar Leones no cuenta con un acceso público definido y no se encuentra abierto al uso público, habiendo constatado dicha entidad que el ingreso de personas y vehículos se ha realizado a través de predios particulares, sin que se haya otorgado por ella permiso ni autorización alguna para la operación turística en dicho sector.”

Cuerpos de agua en las Areas Silvestres Protegidas:


💧El documento del Congreso Nacional de Chile, confirma claramente que el acceso libre a playas, ríos, lagunas y lagos no se aplica a las Áreas Silvestres Protegidas. Estas tienen un plan de manejo y objetivos de conservación y se resguardan el derecho de solo habilitar ciertos sectores para uso público. El resto de las áreas están resguardadas con fines de conservación y protección. En el caso del Parque Nacional Laguna San Rafael solo existen 3 áreas de uso público: sector Laguna San Rafael, sector Glaciar Exploradores y sector Glaciar Steffen (fuenteadministración del PNLSR - Conaf).

  "Regulación en el acceso a áreas protegidas de Chile".


💧Biblioteca nacional del Congreso: ¿Por qué hay algunos territorios naturales a los que no se puede acceder, como ciertas reservas naturales? Esto se debe a que el Estado protege y maneja ciertos ambientes naturales, terrestres o acuáticos, para lograr su conservación, .... El Sistema de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE) se encarga de este aspecto. El SNASPE está formado por parques nacionales, reservas nacionales y monumentos naturales. Así, se evita que sean explotados económicamente y maltratados por visitantes.

👮 Código Penal, Artículo 310.C: El que afectare gravemente uno o más de los componentes ambientales de una reserva de región virgen, un parque nacional, un monumento natural, una reserva nacional o un humedal de importancia internacional, será sancionado con presidio o reclusión mayor en su grado mínimo. La misma pena se impondrá al que, infringiendo una resolución de calificación ambiental o sin haber sometido su actividad a una evaluación de impacto ambiental estando obligado a ello, afectare gravemente un glaciar. La pena será de presidio o reclusión menor en su grado máximo si cualquiera de los hechos señalados en los incisos anteriores fuere perpetrado por imprudencia temeraria o por mera imprudencia o negligencia con infracción de los reglamentos.


🚯 Articulo 494, Código Penal sobre Basura y Contaminación de Ríos, Contaminación de Parques Nacionales, Contaminación de Playas, Contaminación de Lagos: “Sufrirán la pena de multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales:… 3.° El que ensuciare, arrojare o abandonare basura, materiales o desechos de cualquier índole en playas, riberas de ríos o de lagos, parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales o en otras áreas de conservación de la biodiversidad declaradas bajo protección oficial.”

Proyecto de Ley de acceso a playas

INFORME DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMÁTICO Y BIENES NACIONALES del SENADO recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que moderniza el artículo 13 del decreto ley N° 1.939, de 1977, del Ministerio de Tierras y Colonización, que establece normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado. BOLETÍN Nº 17.581-14, 9 de marzo de 2026:

El artículo único introduce modificaciones al artículo 13 del decreto ley °N° 1.939, de 1977, del entonces Ministerio de Tierras y Colonización, en los siguientes aspectos:
… 
Establece expresamente la imposibilidad de fijar vías de acceso respecto de playas y cuerpos de agua que colinden con terrenos que formen parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o con recintos militares cuya única finalidad sea la defensa nacional. Tampoco procede la fijación de vías de acceso a cuerpos de agua que correspondan a vertientes que nacen, corren y mueren dentro de una misma heredad, como asimismo, sobre las aguas de lagos menores no navegables por buques de más de 100 toneladas, de lagunas y pantanos situados dentro de una única propiedad.”
🏖   💦   🏞
No se podrán fijar vías de acceso a través de terrenos que formen parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas según la ley N° 21.600, incluyendo a través de las Áreas Privadas Protegidas reconocidas como tales en virtud de la Ley 21.600 sobre el Servicio de Biodiversidad y Areas Protegidas.

💧  Derechos de agua:

Todos los alojamientos turísticos, no ubicados en zonas urbanas, deben tener registrados sus derechos de agua en la Dirección General de Aguas del MOP para operar legalmente. Derechos concedidos: dga.mop.gob.cl .

El único país del mundo con derechos de agua totalmente privatizados, un sistema consagrado en el Código del Agua de 1981.

A medida que el cambio climático agrava las sequías, el país se encuentra ahora en su decimoquinto (15) año consecutivo de megasequía.

La demanda mundial de agua dulce superará la oferta en un 40% para 2030, afirman los expertos.

Buscar